Política Institucional

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La Universidad Internacional Iberoamericana (UNIB) establece sus políticas fundamentales con el propósito de garantizar la excelencia académica y la protección del estudiantado, fundamentadas en el Catálogo Institucional y en el Manual del Estudiante (Enero - Diciembre 2025-2026).

Política de mantenimiento de la oferta académica

La Universidad declara que los programas ofrecidos son resultado de estudios de necesidades sociales y de demanda científico-profesional, por lo que su oferta académica se considera pertinente y adecuada. Esta se mantendrá mientras dichas necesidades y la demanda correspondiente permanezcan vigentes, previéndose una duración suficiente que permita la formación de cohortes de graduados capaces de aplicar los conocimientos adquiridos.

En este marco, la Universidad se compromete a:

  • Atender las incidencias académicas o administrativas en la medida de lo posible, conforme a la normativa institucional.
  • Actualizar los contenidos cada dos años o cuando resulte necesario.
  • Revisar, si procede, la secuencia de la programación de estudios con carácter anual.
  • Actualizar, cuando corresponda, el programa de estudios.
  • Ajustar las metodologías de enseñanza en función del desempeño académico observado.

Las modificaciones que se implementen no afectarán a los estudiantes activos al momento de su entrada en vigor y se regirán por las normas de su vida académica, manteniéndose su plan de estudios durante un período de hasta dos años, conforme a la reglamentación vigente.

Compromiso de continuidad de estudios en caso de cierre institucional (Teach-Out)

En caso de cese de actividades, la Universidad se compromete a facilitar la culminación de los estudios de los estudiantes activos conforme a los términos establecidos en el Acuerdo con el Estudiante.

Para tal efecto:

  • Mantendrá una oficina de atención al estudiante por un período de hasta un año, con el fin de orientar y asistir durante el proceso correspondiente.
  • Mantendrá una lista actualizada de estudiantes activos por programa que incluirá nombre, documento de identidad (pasaporte o licencia de conducir), identificador de acceso, fecha estimada de finalización y estatus académico y financiero.
  • Continuará ofreciendo los programas a través del Campus Virtual hasta la culminación de los estudios, sin costo adicional, conforme a lo establecido contractualmente.
  • Aplicará las disposiciones sobre cancelación y reembolso previstas en el Acuerdo con el Estudiante cuando corresponda.
  • Actuará conforme al Artículo 48 del Reglamento para el Licenciamiento de Instituciones de Educación Superior en Puerto Rico (9 de octubre de 2012), originalmente bajo el Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR) y actualmente bajo la supervisión de la Junta de Instituciones Postsecundarias (JIP).
  • Solicitará a la JIP la custodia de los expedientes académicos de estudiantes activos y egresados mediante la entrega de la correspondiente copia digitalizada.
  • Notificará oportunamente a los estudiantes activos, egresados y a la JIP sobre las medidas adoptadas, a través de medios electrónicos y físicos.

Proceso de quejas y reclamaciones

El Proceso de Quejas y Reclamaciones constituye el mecanismo mediante el cual el estudiante puede presentar reclamaciones cuando considere que sus derechos han sido vulnerados, cuando discrepe de una decisión administrativa o académica, o cuando estime que su capacidad para completar el programa de estudios pueda verse afectada.

Tanto el personal administrativo como la facultad dispondrán del tiempo necesario para exponer su versión de los hechos.

De ser necesario, la situación podrá remitirse a las agencias de ley y orden de Puerto Rico o a la Junta de Instituciones Postsecundarias (JIP).

Este procedimiento estará disponible en todo momento en la página web institucional, en el Catálogo Institucional, en el Manual del Estudiante y en el Manual de Facultad.

Política de "Bullying" y "Ciberbullying"

En cumplimiento de la Ley 85 del 7 de agosto de 2017, según enmendada, Ley contra el Hostigamiento e Intimidación (Ley Alexander Santiago Martínez), y conforme a los principios establecidos en la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre el derecho a una educación orientada al pleno desarrollo de la personalidad y al respeto de los derechos humanos, la Universidad Internacional Iberoamericana prohíbe toda forma de acoso escolar o ciberacoso que afecte la dignidad o el bienestar emocional de cualquier miembro de la comunidad universitaria.

Estas conductas comprenden cualquier acción hostil que cause angustia emocional, ya sea de forma física, verbal o mediante medios electrónicos, incluyendo amenazas, expresiones de connotación sexual, etiquetas peyorativas o la difusión de información falsa.

Todo estudiante que entienda estar siendo objeto de acoso tiene derecho a presentar una querella ante la Consejería correspondiente. La Consejería proveerá orientación e intervención inmediata y gestionará el debido proceso institucional.

El Decanato de Asuntos Estudiantiles recibirá y documentará las denuncias, garantizando la debida confidencialidad conforme a la normativa aplicable.
De acuerdo con la gravedad del caso, podrán imponerse amonestaciones, suspensión temporal o expulsión definitiva, conforme al Código de Conducta.

El detalle completo de estas disposiciones se encuentra en el Manual del Estudiante.